2.
Organización administrativa de ESPAÑA
Bienestar
social:
Percepción que tiene una sociedad de los factores que afectan a su calidad de
vida y a su bienestar material e inmaterial. No suelen tener una medición
completamente objetiva, y se valoran diferentes cuestiones como empleo,
vivienda, servicios, salud, educación, seguridad, etc.
BOJA: El Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía es el diario oficial donde se publican leyes,
disposiciones, anuncios, etc., que de acuerdo con el ordenamiento jurídico y en
virtud de los principios constitucionales de publicidad de normas y seguridad
jurídica deben ser publicados oficialmente.
Comunidad
autónoma:
Una de las tres entidades territoriales en que se organiza el Estado español
desde la Constitución de 1978. Tienen autonomía legislativa y competencias ejecutivas
cedidas por el Estado, y cuentan con instituciones propias (Gobierno,
Parlamento y Tribunales Superiores de Justicia). Son 17, siendo dos de ellas
insulares. También hay dos ciudades autónomas: C. A. de Ceuta y C. A. de
Melilla.
Estado
Autonómico:
Modelo de organización territorial, en cierto modo intermedio entre el
centralista y el federal, en el que el gobierno central comparte competencias y
recursos con los gobiernos regionales. Un ejemplo es el de España, organizado a
partir de la Constitución de 1978.
Estado
federal:
Modelo de organización territorial, en el que el Gobierno y la Administración
central ejercen funciones —hacienda, relaciones exteriores, fuerzas armadas, etc.—
comunes a todos los territorios, y estos ejercen a su vez el resto de competencias
con amplia autonomía. Son ejemplos, entre otros, EE. UU. y Alemania.
Estado
unitario o centralista: Modelo de organización territorial por el cual el
Gobierno y la Administración central asumen la mayoría de competencias. Establece
un único centro de poder político, en el cual se toman las decisiones. Un
ejemplo es Francia.
Estatuto
de Autonomía:
Documento jurídico-político y marco normativo que regula el funcionamiento de
cada comunidad o ciudad autónoma. Contiene su denominación, la delimitación de
su territorio, competencias, organización y sede de sus instituciones. Debe ser
aprobado por el Parlamento autonómico y, posteriormente, por el nacional con el
rango de Ley Orgánica.
Fondo
Europeo de Desarrollo Regional (FEDER): Fondo de la Unión Europea que financia las
inversiones dirigidas a reducir los desequilibrios entre territorios.
Fondo
Social Europeo (FSE):
Fondo de la Unión Europea que financia las iniciativas destinadas a desarrollar
los recursos humanos, combatir el desempleo y la desigualdad.
Foralismo: Doctrina política
que reivindica las competencias administrativas en función de los antiguos
fueros y leyes de los territorios de España
I+D+i: Concepto que alude
a los estudios de ciencia, tecnología y sociedad. La inversión de un país en
I+D+i (investigación, desarrollo e innovación) constituye un indicador del
gasto realizado para mejorar la competitividad de sus empresas y de su economía
Producto
Interior Bruto (PBI):
Se calcula descontando del Producto Nacional Bruto (el valor de lo producido
por un país en un año), los bienes producidos fuera del país, aunque sea
mediante capital nacional. Se incluyen
los producidos dentro del país por empresas extranjeras.
Unión
Europea (UE):
Organización supranacional de países europeos. Surgió con el Tratado de
Maastricht (1992), cuando sustituyó a la Comunidad Económica Europea. La UE
tiene entre sus objetivos incrementar la integración económica y política de
sus países miembros, así como reforzar la cooperación entre ellos, que en la
actualidad son 27.
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