Condenación de Prisciliano
Los capítulos
propuestos contra la herejía de Prisciliano (...) contienen lo siguiente:
Si alguno, además
de la Santa Trinidad, introduce otros no sé qué nombres de la Divinidad,
diciendo que en la misma divinidad hay la Trinidad de la Trinidad, como afirmaron
los gnósticos y Prisciliano, sea anatema.
Si alguno no venera
verdaderamente la natividad de Cristo según la carne, sino que finge honrarla
ayunando en aquel día y en domingo, porque no cree que Cristo nació con verdadera
naturaleza de hombre, como afirmaron Cedón, Marción, Maniqueo y Prisciliano, sea
anatema.
Si alguno dice que
las almas humanas pecaron primeramente en las moradas celestiales, y que por
eso fueron arrojadas a la tierra en cuerpos humanos, como afirmó Prisciliano,
sea anatema.
Si alguno cree que
el diablo ha hecho en el mundo algunas criaturas y que él de propia autoridad
produce los truenos, relámpagos, tempestades y sequías, como afirmó Prisciliano,
sea anatema.
Si alguno cree que
los doce signos siderales, que suelen ser observados por los astrónomos, están
dispuestos por cada uno de los miembros del alma o del cuerpo, y que se les
aplican los nombres de los Patriarcas, como lo afirmó Prisciliano, sea anatema.
Si algún clérigo o
monje tiene en su compañía algunas otras mujeres como adoptivas, que no sean la
madre, hermana, o tía, u otras unidas a él con parentesco próximo y convive con
ellas, como enseñó la secta de Prisciliano, sea anatema.
Si alguno condena
los matrimonios humanos, y aborrece la procreación de los que van a nacer, como
afirmaron Maniqueo y Prisciliano, sea anatema.
Disposiciones
acordadas en el Concilio I de Braga
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